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Artículo 5 del Reglamento Abrogado

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para hacer el plan del sistema eléctrico de todo el país, deben tomar en cuenta al menos seis cosas: primero, cuánta electricidad se va a necesitar y a qué precio estarán los combustibles. Segundo, coordinar cuándo se instalan o quitan plantas de luz con las mejoras a las redes eléctricas. Tercero, seguir las reglas de seguridad que ponga la Secretaría de Energía. Cuarto, prever la infraestructura necesaria para que nunca falle el suministro. Quinto, coordinarse con los planes de los gasoductos y las energías limpias. Y sexto, analizar si realmente conviene, en costos y beneficios, cada opción para mejorar las redes.

Texto oficial

Artículo 5.- Para la elaboración del Programa de Desarrollo del Sistema Eléctrico Nacional se deberá considerar al menos: I. Los pronósticos de la demanda eléctrica y los precios de los insumos primarios de la Industria Eléctrica; II. La coordinación de los programas indicativos para la instalación y retiro de Centrales Eléctricas con el desarrollo de los programas de ampliación y modernización de la Red Nacional de Transmisión y las Redes Generales de Distribución; III. La política de Confiabilidad establecida por la Secretaría; IV. Los programas indicativos para la instalación y retiro de Centrales Eléctricas que prevea la infraestructura necesaria para asegurar la Confiabilidad del Sistema Eléctrico Nacional; REGLAMENTO DE LA LEY DE LA INDUSTRIA ELÉCTRICA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nuevo Reglamento DOF 31-10-2014 3 de 41 V. La coordinación con la planeación del programa de expansión de la red nacional de gasoductos y los mecanismos de promoción de las Energías Limpias, y VI. El análisis costo beneficio integral de las distintas alternativas de ampliación y modernización de la Red Nacional de Transmisión y las Redes Generales de Distribución.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 2) ↗

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