Artículo 84 del REGLAMENTO de la Ley de Información Estadística y Geográfica
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si te piden información para fines de estadísticas o mapas, estás obligado a darla siempre y cuando el formulario o cuestionario tenga el sello oficial de la dependencia o institución que la está solicitando y cumpla con lo que marca la ley. Esto aplica para encuestas del gobierno federal, estatal o municipal. En pocas palabras, si el documento trae el sello correcto, debes responder.
Texto oficial
ARTICULO 84.- Los informantes deberán proporcionar los datos que les sean solicitados para fines estadísticos y geográficos, cuando el formato o cuestionario que para tal efecto se les presente, contenga las previsiones que la Ley establece, y aparezca el sello que corresponda a la Secretaría, dependencias, REGLAMENTO DE LA LEY DE INFORMACIÓN ESTADÍSTICA Y GEOGRÁFICA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 24-03-2004 17 de 19 entidades, gobiernos estatales y municipales o instituciones, a las cuales competa captar la información correspondiente.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.