Artículo 10 del REGLAMENTO de la Ley de Inversión Extranjera y del Registro Nacional de Inversiones Extranjeras
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría de Relaciones Exteriores puede dar permisos especiales a empresas o personas extranjeras para usar terrenos en México, pero solo si el terreno será usado para proyectos específicos, como hoteles, centros comerciales, fábricas, parques industriales o investigaciones. También aplica para desarrollos turísticos (siempre que no sean casas), muelles, instalaciones para productos del campo, y oficinas de gobiernos extranjeros. Para obtener el permiso, la solicitud debe cumplir con las reglas del artículo anterior de la ley. Este trámite solo se hace para terrenos que no estén dentro de zonas restringidas o que sigan las reglas del fideicomiso.
Texto oficial
ARTÍCULO 10.- Tratándose de personas físicas o morales extranjeras, la Secretaría de Relaciones Exteriores otorgará los permisos a que hace referencia el artículo 11 de la Ley, cuando la solicitud cumpla con lo dispuesto en el artículo anterior y el inmueble objeto del fideicomiso se destine a: Párrafo reformado DOF 04-05-2009 I. Parques y fraccionamientos industriales; II. Hoteles y moteles; III. Naves industriales; IV. Centros comerciales; V. Centros de investigación; REGLAMENTO DE LA LEY DE INVERSIÓN EXTRANJERA Y DEL REGISTRO NACIONAL DE INVERSIONES EXTRANJERAS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 17-08-2016 5 de 21 VI. Desarrollos turísticos, siempre que no contengan inmuebles destinados a fines residenciales; VII. Marinas turísticas; VIII. Muelles e instalaciones industriales y comerciales establecidos en éstos; Fracción reformada DOF 04-05-2009 IX. Establecimientos dedicados a la producción, transformación, empaque, conservación, transporte o almacenamiento de productos agropecuarios, silvícolas, forestales y pesqueros, y Fracción reformada DOF 04-05-2009 X. Oficinas consulares y residencias oficiales de gobiernos extranjeros. Fracción adicionada DOF 04-05-2009
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