Artículo 13 del REGLAMENTO de la Ley del Impuesto sobre la Renta
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que, para calcular tus pagos provisionales de impuestos, no tienes que incluir los ingresos que ganaste en el extranjero si ya pagaste impuestos por ellos en el país de donde vienen. Aplica aunque esos ingresos no sean de una oficina o negocio tuyo en el extranjero. En otras palabras, si ya pagaste impuestos allá, no los cuentas aquí para los pagos provisionales.
Texto oficial
Artículo 13. Para efectos del artículo 14, párrafo séptimo, inciso a) de la Ley, los contribuyentes para determinar sus pagos provisionales, podrán no considerar los ingresos de fuente de riqueza ubicada en el extranjero cuando por los mismos se hubiere pagado el impuesto en el país donde se encuentre ubicada la fuente de riqueza, aun cuando no sean atribuibles a sus establecimientos ubicados en el extranjero.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.