Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 141 del REGLAMENTO de la Ley del Impuesto sobre la Renta

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que los programas de escuela-empresa que no sean una empresa aparte, pero que formen parte de los estudios de una institución que ya tiene permiso para recibir donativos que se descuentan de impuestos, no tienen que pagar el impuesto (ISR). En lugar de eso, la institución que sí está autorizada (la donataria) se encarga de todo: trata las actividades del programa como si fueran suyas y cumple con todas las obligaciones fiscales. Además, cualquier donativo que se dé para ese programa tiene que recibirlo directamente la institución autorizada, no el programa por su cuenta. Para que esto funcione, el programa escuela-empresa necesita tener la misma autorización que ya tiene la institución para recibir donativos deducibles.

Texto oficial

Artículo 141. Para efectos del artículo 84 de la Ley, los programas de escuela empresa que no tengan personalidad jurídica propia y sean parte del plan de estudios u objeto de una institución autorizada para recibir donativos deducibles del Impuesto, no serán contribuyentes de dicho Impuesto, conforme a lo siguiente: I. La donataria autorizada considerará como propias las actividades del programa escuela empresa y cumplirá las obligaciones fiscales correspondientes de conformidad con el Título III de la Ley, y II. Los donativos previstos en los artículos 27, fracción I, inciso f) y 151, fracción III, inciso f) de la Ley, serán recibidos en todo caso por la propia donataria autorizada. Para efectos del párrafo primero del artículo 84 de la Ley, por autorización del programa escuela empresa, se entiende la misma autorización para recibir donativos deducibles del Impuesto. TÍTULO IV De las Personas Físicas Disposiciones Generales

Ver ley oficial en el DOF (pág. 37) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.