Artículo 89 del REGLAMENTO de la Ley del Impuesto sobre la Renta
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si una institución mexicana paga intereses a un banco extranjero y también cubre el impuesto que ese banco debe pagar, ese impuesto se cuenta como parte de los intereses. Eso significa que el contribuyente mexicano que pagó ese impuesto lo puede restar de sus impuestos, según las reglas de los artículos 25 y 103 de la ley.
Texto oficial
Artículo 89. Para efectos del artículo 48, párrafo penúltimo de la Ley, cuando la persona que pague los intereses, cubra el Impuesto que al establecimiento en el extranjero de instituciones de crédito del país le corresponda, el importe de dicho Impuesto se considerará ingreso por interés de los comprendidos en dicho artículo y será deducible para el contribuyente que lo pagó, conforme a lo dispuesto en los artículos 25 y 103 de la Ley, según corresponda.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.