Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 3 del REGLAMENTO de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si eres militar y estás en servicio activo, tú no vas directamente a hacer tu trámite de afiliación al Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas. En lugar de eso, lo tienes que hacer por medio de la Secretaría en la que trabajas, como la Secretaría de la Defensa o la de Marina. Esa Secretaría es la encargada de enviarle al Instituto una hoja llamada "Hoja de Trabajo" con tus datos. Así que, básicamente, no te preocupes por los papeleos; tu propia dependencia se encarga de gestionarlo por ti.

Texto oficial

Artículo 3. La persona militar en servicio activo realizará el trámite de Afiliación por conducto de la Secretaría de origen, la cual deberá remitir al Instituto la Hoja de Trabajo de la persona militar. Artículo reformado DOF 20-03-2026 REGLAMENTO DE LA LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL PARA LAS FUERZAS ARMADAS MEXICANAS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 20-03-2026 3 de 23

Ver ley oficial en el DOF (pág. 2) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.