Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 55 del REGLAMENTO de la Ley del Impuesto al Valor Agregado

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 55 dice que cuando importes cosas materiales (como ropa, electrónicos o cualquier objeto físico) a México, tienes que pagar el impuesto correspondiente usando el mismo formato con el que pagas el impuesto general de importación. Esto aplica incluso si ese otro impuesto no lo debes pagar. En pocas palabras, siempre debes reportar y liquidar el impuesto mediante el documento oficial de importación, aunque no tengas que cubrir el gravamen principal.

Texto oficial

Artículo 55. Para los efectos de lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley, el impuesto que se pague en la importación de bienes tangibles, se enterará utilizando la forma por medio de la cual se efectúe el pago del impuesto general de importación, aun cuando no se deba pagar este último gravamen.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 11) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.