Artículo 120 del REGLAMENTO de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que las cuotas (cantidades de dinero que se pagan) se van a fijar tomando en cuenta ciertos aspectos. Por ejemplo, pueden basarse en el tipo de trabajo que tienes, según lo que dice el Sistema Nacional de Clasificación de Ocupaciones (un catálogo oficial de empleos). También pueden considerar la zona del país donde vives, tu estatus migratorio (si eres mexicano, extranjero con permiso, etc.), o una mezcla de todo esto. En pocas palabras, las cuotas no son iguales para todos, sino que se ajustan según tu caso.
Texto oficial
Artículo 120. Las cuotas se establecerán conforme a los siguientes criterios: I. Grupos ocupacionales previstos en el Sistema Nacional de Clasificación de Ocupaciones o el que en su momento sustituya a éste; II. Regiones geográficas específicas; III. Condición de estancia, o IV. Una combinación de estos criterios.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.