Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 209 del REGLAMENTO de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si te toca una verificación o inspección, puedes decir lo que piensas en ese mismo momento, en la revisión, y también puedes presentar pruebas sobre lo que dice el acta. O si prefieres, tienes 5 días hábiles después de la revisión para entregar por escrito tus comentarios o tus pruebas. Los días hábiles son los días de la semana que no son sábado, domingo ni días feriados. Esto significa que tienes derecho a defenderte si no estás de acuerdo con lo que se reportó.

Texto oficial

Artículo 209. Las personas verificadas podrán formular observaciones en el acto de la diligencia y ofrecer pruebas en relación a los hechos contenidos en el acta, o bien, por escrito hacer uso de tal derecho dentro del término de los cinco días hábiles siguientes a la fecha en que se hubiere realizado.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 72) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.