Artículo 239 del REGLAMENTO de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 239 dice que todas las autoridades que tengan policías o personal de seguridad a su cargo deben ayudar al Instituto Nacional de Migración cuando este les pida apoyo. La obligación es garantizar que los traslados de personas extranjeras detenidas en las estaciones migratorias sean seguros. En otras palabras, si Migración necesita resguardo para mover a alguien, las autoridades con mando de fuerza pública están obligadas a cooperar. Esto aplica solo cuando se trata de la regularización de extranjeros que están alojados en esas estaciones.
Texto oficial
Artículo 239. Las autoridades que tengan bajo su mando a la fuerza pública estarán obligadas a brindar el apoyo y colaboración que el Instituto les solicite para salvaguardar la seguridad de los traslados. CAPÍTULO SEXTO DE LA REGULARIZACIÓN DE LAS PERSONAS EXTRANJERAS ALOJADAS EN ESTACIONES MIGRATORIAS
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.