Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 239 del REGLAMENTO de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 239 dice que todas las autoridades que tengan policías o personal de seguridad a su cargo deben ayudar al Instituto Nacional de Migración cuando este les pida apoyo. La obligación es garantizar que los traslados de personas extranjeras detenidas en las estaciones migratorias sean seguros. En otras palabras, si Migración necesita resguardo para mover a alguien, las autoridades con mando de fuerza pública están obligadas a cooperar. Esto aplica solo cuando se trata de la regularización de extranjeros que están alojados en esas estaciones.

Texto oficial

Artículo 239. Las autoridades que tengan bajo su mando a la fuerza pública estarán obligadas a brindar el apoyo y colaboración que el Instituto les solicite para salvaguardar la seguridad de los traslados. CAPÍTULO SEXTO DE LA REGULARIZACIÓN DE LAS PERSONAS EXTRANJERAS ALOJADAS EN ESTACIONES MIGRATORIAS

Ver ley oficial en el DOF (pág. 81) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.