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Ley
REGLAMENTO de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro
Artículo
26

Artículo 26 del REGLAMENTO de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si eres trabajador del Instituto y buscas un ascenso, pero no pasas las pruebas de los cursos de capacitación, tendrás una sola oportunidad extra para repetir esas evaluaciones. Si aún así no las apruebas, te quedarás sin el puesto o te darán de baja de tu cargo. Esto aplica según el tipo de empleo que tengas. En pocas palabras: si no pasas las pruebas, te pueden correr después de darte una segunda oportunidad.

Texto oficial

Artículo 26. Los servidores públicos del Instituto sujetos a promoción que obtengan resultados negativos en las evaluaciones derivadas de la aplicación de los programas de formación y capacitación, tendrán la oportunidad de presentar nuevamente y por única ocasión dichas evaluaciones. De no presentar resultados aprobatorios en las nuevas evaluaciones, los servidores públicos serán separados del servicio o se darán por terminados los efectos de su nombramiento, según sea el caso. Artículo reformado DOF 23-05-2014

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro (pág. 11) ↗

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