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Artículo 34 del REGLAMENTO de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 34 ya no es válido. Fue eliminado oficialmente el 23 de mayo de 2014, así que ya no hay que tomarlo en cuenta. Lo único que importa es que en el Título Cuarto se habla de cómo las personas cruzan las fronteras de México. Y en el Capítulo Primero se trata de crear o quitar lugares especiales para que la gente entre y salga del país, como aeropuertos o puertos fronterizos.

Texto oficial

Artículo 34. Derogado. Artículo derogado DOF 23-05-2014 TÍTULO CUARTO DEL MOVIMIENTO INTERNACIONAL DE PERSONAS CAPÍTULO PRIMERO DEL ESTABLECIMIENTO Y SUPRESIÓN DE LUGARES DESTINADOS AL TRÁNSITO INTERNACIONAL DE PERSONAS

Ver ley oficial en el DOF (pág. 12) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.