Artículo 44 del REGLAMENTO de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las aerolíneas, los barcos y quien tenga avionetas o lanchas privadas están obligados a mandar por internet la información de los pasajeros o tripulantes al Instituto Nacional de Migración. También deben checar que los datos de la identificación, la visa o el permiso de estancia que cada persona les muestre sean los mismos que ya enviaron electrónicamente. Si hay algún error, la empresa es la responsable.
Texto oficial
Artículo 44. Las empresas aéreas y marítimas, así como las aeronaves civiles o embarcaciones de carácter privado, deben cumplir con la transmisión electrónica a que hace referencia el artículo anterior y serán responsables de verificar que la información contenida en el documento presentado por el pasajero REGLAMENTO DE LA LEY DE MIGRACIÓN CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 23-05-2014 16 de 91 o tripulante para acreditar su identidad, y en su caso, visa o condición de estancia, corresponda con los datos que hayan sido transmitidos electrónicamente al Instituto.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.