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Artículo 99 del REGLAMENTO de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si te deportaron de México, puedes pedir que te dejen regresar antes de que termine el tiempo que te prohibieron entrar. Para eso, tienes que llenar un formato de solicitud y presentarlo tú mismo en el consulado de México en el país donde estés. Lleva tu pasaporte, una copia del documento de deportación si lo tienes, y una carta escrita por ti en español explicando cuándo y cómo entraste a México, por qué te deportaron y por qué quieres regresar, además de prometer que cumplirás las leyes. El consulado enviará tu solicitud al Instituto Nacional de Migración, que tiene 60 días hábiles para darte una respuesta. Si te autorizan, podrás pedir una visa en el consulado si la necesitas.

Texto oficial

Artículo 99. Las personas extranjeras que hayan sido deportadas podrán solicitar su readmisión de conformidad con el siguiente procedimiento: I. Llenar la solicitud de trámite correspondiente; II. Presentar personalmente la solicitud ante la oficina consular, adjuntando los siguientes documentos: a) Pasaporte o documento de identidad y viaje que sea válido conforme al derecho internacional; b) En caso de contar con ella, copia del documento mediante el cual el Instituto resolvió su deportación; c) Escrito libre en idioma español en el que manifieste la fecha y forma en que se internó al territorio nacional, las razones por las que fue deportada, los motivos por los cuales desea reingresar al territorio nacional sin cumplir con el período de restricción impuesto y su compromiso bajo protesta de decir verdad de cumplir con las obligaciones que determinan las disposiciones jurídicas aplicables, en caso de que su solicitud se resuelva en forma positiva, y d) Los demás documentos que estime convenientes. III. La oficina consular, a través del área correspondiente de la Secretaría de Relaciones Exteriores, remitirá al Instituto la solicitud de readmisión dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su recepción; REGLAMENTO DE LA LEY DE MIGRACIÓN CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 23-05-2014 29 de 91 IV. El Instituto emitirá resolución debidamente fundada y motivada en un plazo de sesenta días hábiles contados a partir de la recepción de la solicitud, y V. De resultar favorable la solicitud de la persona extranjera, ésta podrá promover ante el consulado la obtención de una visa en caso de requerirla.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 28) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.