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Artículo 174 del REGLAMENTO de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si tienes un certificado de competencia (como un título para trabajar en el mar) y se te va a vencer o ya venció, necesitas entregar estos documentos en la Dirección General para renovarlo: el certificado original ya vencido o a punto de vencer, una constancia actual de que tomaste el curso básico de seguridad del Convenio STCW (un acuerdo internacional sobre formación marítima) que te dé el FIDENA, un documento que diga que estás sano física y mentalmente (aptitud psicofísica) y que no haya caducado, y dos fotografías iguales a las que piden para el trámite nuevo.

Texto oficial

Artículo 174.- Para renovar alguno de los Certificados de Competencia referidos en el artículo anterior, el interesado deberá presentar a la Dirección General: I. Original del certificado vencido o por vencerse; II. Constancia vigente de participación del curso básico de seguridad Convenio STCW y/o convenio internacional del que el Estado Mexicano sea parte en materia de Educación Marítima Mercante, expedida por el FIDENA; III. Constancia de Aptitud Psicofísica vigente, y IV. Dos fotografías con las mismas características que se señalan para la expedición.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 39) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.