Artículo 181 del REGLAMENTO de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si quieres ser Médico General en un barco mexicano, necesitas pedir un Certificado de Competencia Especial en la Dirección General de Marina. Para eso, debes entregar estos papeles: tu acta de nacimiento certificada, tu título y cédula profesional, un examen médico vigente que demuestre que estás apto física y mentalmente, y un comprobante de haber tomado el curso básico de seguridad del convenio STCW (un acuerdo internacional sobre marina mercante). También necesitas dos fotos tamaño infantil, de frente y con el uniforme oficial, y si es tu primera vez trabajando en un barco, además debes mostrar tu título y la constancia de un curso técnico de iniciación. Por último, si el barco es especializado, tendrás que demostrar que tomaste un curso de capacitación específico para ese tipo de embarcación en una escuela autorizada.
Texto oficial
Artículo 181.- La persona interesada en obtener un Certificado de Competencia Especial como Médico General a bordo, deberá presentar ante la Dirección General los siguientes documentos: I. Copia certificada del acta de nacimiento; II. Copia del título y cédula profesional; III. Constancia de Aptitud Psicofísica vigente; IV. Constancia vigente del curso básico de seguridad acorde al Convenio STCW y/o convenio internacional del que el Estado Mexicano sea parte en materia de Educación Marítima Mercante, expedida por el FIDENA; V. Título, cédula profesional y constancia de participación en el curso de iniciación técnica, expedida por el FIDENA. Sólo para quienes laboren por primera vez a bordo de una Embarcación, y VI. Dos fotografías a color, de frente de 3 x 2.5 centímetros tamaño infantil, con el uniforme que se menciona en el Manual de Uniformes que expida la Dirección General. Para ejercer como Médico General a bordo de un buque especializado se requiere constancia vigente de capacitación acorde al tipo de Embarcación, cursado en una Institución Educativa autorizada por la Dirección General.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.