Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 188 del REGLAMENTO de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si quieres renovar tu Certificado de Competencia Especial, tienes que entregar tres cosas en la Dirección General: el original del certificado que ya está vencido o está por vencer, una constancia de Aptitud Psicofísica que esté vigente (es decir, que no haya caducado), y dos fotos iguales a las que piden para sacarlo por primera vez. La Dirección General es la oficina encargada de estos trámites. No necesitas más documentos, solo esos.

Texto oficial

Artículo 188.- Para renovar el Certificado de Competencia Especial referido en el artículo anterior, el interesado deberá presentar a la Dirección General: I. Original del certificado vencido o por vencerse; II. Constancia de Aptitud Psicofísica vigente, y III. Dos fotografías con las mismas características que se señalan para la expedición.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 43) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.