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Artículo 187 del REGLAMENTO de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para que te den un Certificado de Competencia Especial como OPIP (Operador de Protección de Instalaciones Portuarias), tienes que entregar estos papeles: una copia de tu CURP y de tu RFC; una copia de tu título de Marino Mercante; un certificado médico vigente que diga que estás física y mentalmente apto; un comprobante vigente de que tomaste un curso de capacitación como OPIP que haya dado el FIDENA (Fideicomiso de Formación y Capacitación para el Personal de la Marina Mercante); dos fotos tamaño infantil (de 3 por 2.5 centímetros) a color y de frente, con el uniforme que indica el Manual de Uniformes de la Dirección General; y una copia del oficio donde la empresa dueña del puerto te haya nombrado para ese puesto.

Texto oficial

Artículo 187.- La persona interesada en obtener un Certificado de Competencia Especial como OPIP, deberá presentar la siguiente documentación: I. Copia de la Clave Única de Registro de Población y del Registro Federal de Contribuyentes; II. Copia del título profesional de Marino Mercante; III. Constancia de Aptitud Psicofísica vigente; IV. Constancia vigente del curso de capacitación como OPIP expedido por el FIDENA; V. Dos fotografías a color de frente de 3 x 2.5 centímetros tamaño infantil, con el uniforme que se menciona en el Manual de Uniformes que expida la Dirección General, y VI. Copia del Oficio de designación emitido por la empresa propietaria o consignataria de la Instalación Portuaria.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 43) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.