Artículo 192 del REGLAMENTO de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para renovar tu Certificado de Competencia Especial (un documento que te permite hacer algo específico, como manejar ciertos vehículos), necesitas llevar a la Dirección General tres cosas: el certificado original ya vencido o a punto de vencer, un documento que demuestre que todavía estás apto física y mentalmente, y dos fotos iguales a las que se piden cuando tramitas el certificado por primera vez.
Texto oficial
Artículo 192.- Para renovar el Certificado de Competencia Especial referido en el artículo anterior, el interesado deberá presentar a la Dirección General: I. Original del certificado vencido o por vencerse; II. Constancia de Aptitud Psicofísica vigente, y III. Dos fotografías con las mismas características que se señalan para la expedición.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.