Artículo 193 del REGLAMENTO de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si quieres obtener un Certificado de Competencia Especial para manejar barcos con sistema de posicionamiento dinámico, debes llevar a la Dirección General varios papeles. Necesitas copias de tu CURP y RFC, más tu título de capitán o piloto naval. También tienes que presentar un examen médico vigente, el comprobante de un curso básico de posicionamiento dinámico del FIDENA, y una bitácora que demuestre que navegaste al menos 30 días para familiarizarte. Además, debes acreditar un curso avanzado del mismo tipo, comprobar que trabajaste seis meses como guardia en barcos con ese sistema, y tener el visto bueno de un capitán en tu bitácora. Por último, incluye dos fotos tamaño infantil con el uniforme oficial.
Texto oficial
Artículo 193.- La persona interesada en obtener un Certificado de Competencia Especial como Operador de Posicionamiento Dinámico, deberá presentar ante la Dirección General: I. Copia de la Clave Única de Registro de Población y del Registro Federal de Contribuyentes; II. Copia del título profesional de Marino Mercante, como Piloto Naval, Capitán o Capitán de Altura; III. Constancia de Aptitud Psicofísica vigente; IV. Constancia del curso de Operador Básico de Posicionamiento Dinámico, expedida por el FIDENA; V. Embarque mínimo de treinta días para familiarización en la operación de un buque de posicionamiento dinámico, a comprobar mediante el llenado de la Bitácora del Operador expedida por FIDENA; VI. Constancia del curso avanzado de Operador de Posicionamiento Dinámico, expedida por una Institución Educativa del FIDENA; VII. Comprobar experiencia mínima de seis meses como guardiero en buques o Artefactos Navales que cuenten con sistemas de posicionamiento dinámico, de tipo 2 o 3, o en su defecto, comprobar experiencia mínima de seis meses como guardiero en buques o Artefactos Navales que cuenten con sistemas de posicionamiento dinámico, de tipo 2 o 3, o equivalente, correspondiendo dos meses en clase 1 y a un mes, en clase 2 o 3. Este tiempo debe incluir al menos dos meses en un buque de posicionamiento dinámico de clase 2 o 3; REGLAMENTO DE LA LEY DE NAVEGACIÓN Y COMERCIO MARÍTIMOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nuevo Reglamento DOF 04-03-2015 45 de 159 VIII. Comprobar el aval del capitán de un buque de clase 2 o clase 3 sobre la capacidad del oficial para responsabilizarse de una guardia a bordo de una Embarcación de posicionamiento dinámico de clase 2 o 3. Este aval deberá registrarse en la Bitácora del Operador expedida por FIDENA, y IX. Dos fotografías a color, de frente de 3 x 2.5 centímetros tamaño infantil, con el uniforme que se menciona en el Manual de Uniformes que expida la Dirección General.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.