Artículo 206 del REGLAMENTO de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para renovar tu Libreta de Mar (el documento oficial para trabajar en barcos), necesitas llevar a la Dirección General dos fotos tamaño infantil (de 3 x 2.5 cm) a color, de frente y con el uniforme que marca el Manual de Uniformes, además de la libreta vencida o a punto de vencer. Si la perdiste o se te echó a perder, en lugar de la libreta vigente debes entregar una copia de la extraviada o el original dañado, junto con las fotos. Nada más eso piden.
Texto oficial
Artículo 206.- Para renovar la Libreta de Mar de las clases referidas en el artículo anterior, el interesado deberá presentar a la Dirección General: I. Dos fotografías a color, de frente de 3 x 2.5 centímetros tamaño infantil, con el uniforme que se menciona en el Manual de Uniformes que expida la Dirección General, y II. Libreta de Mar vencida o por vencerse. En caso de reposición por pérdida o deterioro, deberá presentar copia de la Libreta de Mar perdida o el original deteriorado, respectivamente, y las fotografías indicadas en la fracción I de este artículo. REGLAMENTO DE LA LEY DE NAVEGACIÓN Y COMERCIO MARÍTIMOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nuevo Reglamento DOF 04-03-2015 49 de 159
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