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Artículo 219 del REGLAMENTO de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si estudias en una escuela de pesca y vas a hacer prácticas en un barco, tienes que demostrarle a la Dirección General que ya aprendiste lo básico para cuidar tu vida y el medio ambiente en el mar. Eso lo compruebas entregando un papel que diga que pasaste el curso de seguridad. Además, para pedir tu tarjeta de control, el director de tu escuela es quien debe hacer el trámite por ti.

Texto oficial

Artículo 219.- Los alumnos de Instituciones Educativas Pesqueras que realicen prácticas a bordo, deberán de comprobar ante la Dirección General que han adquirido los conocimientos básicos de seguridad, para salvaguardar la seguridad de la vida humana en el mar y la preservación del medio marino, mediante la presentación de la constancia de aprobación del curso respectivo. La solicitud para la expedición de la tarjeta de control se hará por medio del Director de dicha institución educativa.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 51) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.