Artículo 219 del REGLAMENTO de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si estudias en una escuela de pesca y vas a hacer prácticas en un barco, tienes que demostrarle a la Dirección General que ya aprendiste lo básico para cuidar tu vida y el medio ambiente en el mar. Eso lo compruebas entregando un papel que diga que pasaste el curso de seguridad. Además, para pedir tu tarjeta de control, el director de tu escuela es quien debe hacer el trámite por ti.
Texto oficial
Artículo 219.- Los alumnos de Instituciones Educativas Pesqueras que realicen prácticas a bordo, deberán de comprobar ante la Dirección General que han adquirido los conocimientos básicos de seguridad, para salvaguardar la seguridad de la vida humana en el mar y la preservación del medio marino, mediante la presentación de la constancia de aprobación del curso respectivo. La solicitud para la expedición de la tarjeta de control se hará por medio del Director de dicha institución educativa.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.