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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LNCM_040315/355
Ley
REGLAMENTO de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos
Artículo
355

Artículo 355 del REGLAMENTO de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las embarcaciones chicas, esas que pesan menos de 500 UAB (una medida que usa el gobierno para valores), y que tienen una cubierta completa o solo una parte, deben seguir las reglas del Manual de Inspección en cuanto a seguridad contra incendios. Eso significa que tienen que cumplir con lo que dice ese manual para evitar incendios a bordo. Pero la Dirección General puede perdonarles algunas reglas, dependiendo del caso. Para entender mejor, piensa que las UAB son como puntos que se usan para calcular valores oficiales.

Texto oficial

Artículo 355.- Las Embarcaciones Menores de quinientas UAB, que cuenten con Cubierta Principal o parcial, cumplirán con las disposiciones del Manual de Inspección en lo relativo a la seguridad contraincendios, con las exenciones que la Dirección General autorice en cada caso.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos (pág. 78) ↗

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