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Artículo 405 del REGLAMENTO de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las embarcaciones o artefactos navales chiquitos, que valgan menos de 400 Unidades de Medida (como una forma de calcular su tamaño o valor), deben seguir las reglas del Manual de Inspección para no contaminar el agua. O sea, si tienes un bote pequeño o mediano, no puedes tirar basura o desechos al mar; tienes que cumplir con lo que diga ese manual. La ley aplica a cualquier cosa que flote, como lanchas o plataformas, pero solo a las más pequeñas. Así, la autoridad se asegura de que todos cuiden el medio ambiente, sin importar el tamaño de su embarcación.

Texto oficial

Artículo 405.- Las Embarcaciones o Artefactos Navales menores de cuatrocientas UAB, en materia de prevención de la contaminación cumplirán lo dispuesto en el Manual de Inspección.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 84) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.