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Ley
REGLAMENTO de la Ley de Organizaciones Ganaderas
Artículo
37

Artículo 37 del REGLAMENTO de la Ley de Organizaciones Ganaderas

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las organizaciones de ganaderos deben juntarse en una junta general normal una vez al año, en el lugar que se avise en la invitación. Las asociaciones tienen que hacer su reunión en enero o febrero, las uniones en marzo o abril, y la Confederación en mayo o junio. Esto aplica para todos los grupos ganaderos, así que cada quien debe seguir su propio mes para la asamblea ordinaria.

Texto oficial

Artículo 37.- Las organizaciones ganaderas se reunirán en asamblea general ordinaria una vez al año y la celebrarán en el domicilio que determine la convocatoria. Las asociaciones se reunirán en los meses de enero o febrero, las uniones en marzo o abril y la Confederación en mayo o junio.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley de Organizaciones Ganaderas (pág. 11) ↗

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