Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 41 del REGLAMENTO de la Ley Orgánica del Instituto Nacional de Antropología e Historia

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Consejo General Consultivo se junta dos veces al año de forma normal, y puede reunirse de manera urgente cuando su Presidente o algún Consejero lo pida. Para tomar decisiones, primero intentan ponerse de acuerdo todos, y si no, se decide por mayoría de votos (más de la mitad). El jefe de la Dirección General es quien establece las reglas de cómo funciona y se organiza este Consejo, pero lo hace basándose en lo que el mismo Consejo le proponga. Esas reglas deben incluir, al menos, cómo se hacen las juntas, cómo se avisa a los miembros, cómo se inician, cuántos deben estar presentes para decidir (quórum), cómo se desarrollan, cómo se pueden cambiar las reglas, y quién es el Secretario y qué hace.

Texto oficial

Artículo 41. El Consejo General Consultivo sesionará semestralmente de manera ordinaria, y de forma extraordinaria cuando lo convoque su Presidente o a petición de algún Consejero. Las decisiones se tomarán preferentemente por consenso, y en su defecto, por mayoría de votos. El titular de la Dirección General emitirá las bases de la organización y funcionamiento del Consejo General Consultivo, a propuesta del Consejo mismo. Las bases de organización y funcionamiento del Consejo General Consultivo deberán regular, por lo menos, el tipo de sesiones, convocatorias, notificaciones, instalación, quorum, desarrollo de las sesiones, el procedimiento para modificar esas mismas bases, y la designación y funciones del Secretario del Consejo.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 38) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.