Artículo 101 del REGLAMENTO de la Ley Minera
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo habla de los puestos dentro de la policía que son de carrera, es decir, que no cambian con cada gobierno. Solo incluye a los trabajadores de tres áreas específicas: los ministerios públicos (los que llevan las investigaciones), los policías, y los peritos (los expertos en pruebas como huellas o análisis). Esto quiere decir que esas personas tienen derechos y reglas propias para su trabajo, como la estabilidad en su puesto.
Texto oficial
Artículo 101.- El Servicio Profesional de Carrera comprenderá al personal sustantivo de las áreas siguientes: I. Ministerial; II. Policial, y III. Pericial.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.