Artículo 102 del REGLAMENTO de la Ley Minera
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los trabajadores de la parte ministerial (las áreas de investigación de delitos) deben tener la preparación necesaria para hacer su trabajo. Los puestos que entran en esta regla son: secretario oficial, agente del Ministerio Público, agente supervisor y encargado de agencia. En pocas palabras, todos estos cargos requieren estar capacitados para sus funciones principales.
Texto oficial
Artículo 102.- Los servidores públicos del área ministerial, deberán estar capacitados para desempeñar las funciones sustantivas, y comprenderá los cargos siguientes: I. Oficial Secretario; II. Agente del Ministerio Público; REGLAMENTO DE LA LEY ORGÁNICA DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nuevo Reglamento DOF 24-10-2011 82 de 94 III. Agente del Ministerio Público Supervisor, y IV. Responsables de Agencia.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.