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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LOPGJDF/109
Ley
REGLAMENTO de la Ley Minera
Artículo
109

Artículo 109 del REGLAMENTO de la Ley Minera

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para entrar a trabajar como profesional de carrera en la Procuraduría, tienes que participar en una convocatoria. Esa convocatoria la hace el Instituto de Formación Profesional y luego la tiene que aprobar el Comité de Profesionalización de la propia Procuraduría. O sea, no entras por recomendación o por conocidos, sino por un proceso oficial que ellos organizan.

Texto oficial

Artículo 109.- El ingreso al Servicio Profesional de Carrera, será de acuerdo a la convocatoria propuesta por el Instituto de Formación Profesional y aprobada por el Comité de Profesionalización de la Procuraduría.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley Minera (pág. 83) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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