Artículo 4 del REGLAMENTO de la Ley Minera
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Procuraduría tiene que hacer su trabajo de manera organizada, siguiendo un plan. Ese plan lo decide el Procurador (el jefe de la Procuraduría), basándose en lo que dicen varias leyes, como la Ley Orgánica de la Procuraduría, las leyes de seguridad pública y este mismo reglamento. En pocas palabras, no pueden hacer lo que les venga en gana, sino que deben seguir las reglas y prioridades que ya están establecidas.
Texto oficial
Artículo 4.- La Procuraduría planeará, conducirá y desarrollará sus actividades en forma programada y de conformidad con las políticas, estrategias y prioridades que para el logro de objetivos y metas determine el Procurador conforme a la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, la Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal, este Reglamento y las demás disposiciones jurídicas aplicables.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.