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Artículo 40 del REGLAMENTO de la Ley Minera

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 40 dice cómo se organiza un área de la Procuraduría encargada de apoyar al Ministerio Público. Esta área tendrá un jefe llamado Coordinador, además de Fiscalías de Revisión, Direcciones de Dictaminación del Procedimiento Penal y otras oficinas como la Dirección de Notificación e Inconformidades. También incluye una Dirección de Control de Información Ministerial y varias Agencias y Unidades de Revisión. En resumen, solo describe los puestos y departamentos que forman parte de esta coordinación.

Texto oficial

Artículo 40.- La Coordinación de Agentes del Ministerio Público Auxiliares del Procurador, para el cumplimiento de sus atribuciones, contará con la estructura siguiente: I. Coordinador; II. Fiscalías de Revisión; III. Direcciones de Dictaminación del Procedimiento Penal; REGLAMENTO DE LA LEY ORGÁNICA DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nuevo Reglamento DOF 24-10-2011 29 de 94 IV. Dirección de Notificación e Inconformidades; V. Dirección de Control de Información Ministerial, y VI. Agencias de Revisión y Unidades de Revisión.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 28) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.