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Artículo 48 del REGLAMENTO de la Ley Minera

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo habla de cómo está organizada la Fiscalía que investiga delitos cometidos por servidores públicos (como policías, funcionarios o jueces). Para hacer su trabajo, esa fiscalía tiene varias partes importantes: un jefe llamado Fiscal, agencias que investigan sin tener detenidos, una agencia especial para delitos contra jóvenes, otra para el delito de tortura, una agencia de turno que sí trabaja con detenidos, un equipo de policía de investigación y una jefatura que se encarga de los asuntos administrativos. Cada una de estas partes tiene una función específica para que todo funcione bien.

Texto oficial

Artículo 48.- La Fiscalía para la Investigación de los delitos cometidos por Servidores Públicos, para el cumplimiento de sus atribuciones, contará con la estructura siguiente: I. Fiscal; II. Agencias de Investigación sin detenido; III. Agencia Especializada para la atención de delitos cometidos por servidores públicos contra jóvenes; IV. Agencia Especializada de Investigación para el delito de Tortura; V. Agencia de Investigación de Turno con detenido; REGLAMENTO DE LA LEY ORGÁNICA DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nuevo Reglamento DOF 24-10-2011 35 de 94 VI. Coordinación de Policía de Investigación, y VII. Jefatura de Unidad Departamental de Enlace Administrativo.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 34) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.