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Artículo 74 del REGLAMENTO de la Ley Minera

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Módulo de Atención es como una ventanilla de ayuda donde te van a orientar si presentas una denuncia, eres víctima de un delito o usas los servicios de la Procuraduría. Ahí te explicarán tus derechos y te darán consejos legales básicos en un lenguaje que entiendas. Si tu caso no es de su competencia, te van a canalizar, es decir, te van a enviar con la autoridad correcta que sí pueda resolverlo. Básicamente, es el primer lugar al que puedes ir para que te digan qué hacer y a dónde acudir.

Texto oficial

Artículo 74.- El Módulo de Atención, brindará a los denunciantes, querellantes, ofendidos y cualquiera de los usuarios de los servicios de la Procuraduría, orientación legal en general, canalizándolos, en su caso, a las instancias competentes.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 59) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.