Artículo 74 del REGLAMENTO de la Ley Minera
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Módulo de Atención es como una ventanilla de ayuda donde te van a orientar si presentas una denuncia, eres víctima de un delito o usas los servicios de la Procuraduría. Ahí te explicarán tus derechos y te darán consejos legales básicos en un lenguaje que entiendas. Si tu caso no es de su competencia, te van a canalizar, es decir, te van a enviar con la autoridad correcta que sí pueda resolverlo. Básicamente, es el primer lugar al que puedes ir para que te digan qué hacer y a dónde acudir.
Texto oficial
Artículo 74.- El Módulo de Atención, brindará a los denunciantes, querellantes, ofendidos y cualquiera de los usuarios de los servicios de la Procuraduría, orientación legal en general, canalizándolos, en su caso, a las instancias competentes.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.