Artículo 99 del REGLAMENTO de la Ley Minera
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 99 explica cómo está organizada un área del gobierno llamada Coordinación General de Políticas Administrativas de Planeación y Organización, que depende de la Procuraduría (la fiscalía de la Ciudad de México). Esta oficina tiene varias tareas relacionadas con mejorar el trabajo interno y ayudar a los ciudadanos, como diseñar estrategias, usar tecnología moderna, crear campañas para acercarse a la gente y proponer programas de mejora para los empleados. Todo lo que hagan debe ser revisado y aprobado por la Oficialía Mayor, que es como su jefe de vigilancia. Algunas funciones clave son: estudiar cómo hacer más eficientes los trámites, impulsar el uso de tecnología de punta, y coordinar con otras áreas para modernizar los procesos y optimizar los recursos. En resumen, su trabajo es asegurarse de que la Procuraduría funcione mejor y atienda bien a la ciudadanía.
Texto oficial
Artículo 99.- La Coordinación General de Políticas Administrativas de Planeación y Organización, para el cumplimiento de sus funciones, se integrará por áreas de Estudios de Mejora; de Instrumentación de Políticas de Administración; de Técnicas y Tecnología; de Diseño de Estrategias; y de Vinculación Social; tendrá una coordinación técnica y operativa con la Oficialía Mayor, la que realizará funciones de vigilancia respecto de sus atribuciones, que serán las siguientes: I. Diseñar los estudios estratégicos para eficientar el desarrollo de las funciones administrativas y operativas; II. Planear y desarrollar las técnicas que permitan optimizar la función administrativa; III. Elaborar diagnósticos en cada una de las áreas que integra la Procuraduría, para conocer sus necesidades tecnológicas; IV. Promover el uso de tecnología de vanguardia para fortalecer los métodos de administración; REGLAMENTO DE LA LEY ORGÁNICA DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nuevo Reglamento DOF 24-10-2011 81 de 94 V. Realizar estudios estratégicos para impulsar acciones de mejora en la administración; VI. Establecer, en coordinación con la Dirección General de Comunicación Social, campañas de difusión encaminadas a la vinculación con la sociedad, bajo una perspectiva de atención a la ciudadanía; VII. Informar a la Oficialía Mayor respecto de los estudios, estrategias, políticas de administración, y demás acciones realizadas con motivo de sus funciones; VIII. Proponer a la Oficialía Mayor, los proyectos y Programas de asistencia tecnológica; IX. Elaborar y proponer a la Oficialía Mayor, Programas que permitan eficientar la calidad laboral del personal administrativo y sustantivo de la Procuraduría; X. Proponer al Instituto de Formación Profesional de la Procuraduría, procedimientos para el ingreso del personal sustantivo de la Procuraduría; XI. Apoyar a las áreas técnico-operativas de la Procuraduría, en su organización y aplicación de métodos que impulsen su modernización; XII. Proponer a la Oficialía Mayor, estudios de viabilidad encaminados a la utilización óptima de los recursos, y XIII. Las demás que establezca la normatividad aplicable. TÍTULO QUINTO DEL SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA CAPÍTULO I DEL PERSONAL DEL SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.