Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 102 del REGLAMENTO de la Ley Minera

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Procuraduría va a tener oficinas en cada estado de la República, que se llaman Delegaciones. El Procurador decide en qué zonas van a trabajar, y esas zonas pueden incluir varios municipios de uno o más estados. Cada Delegación tiene un Delegado que es como el jefe y representa a la institución frente a las autoridades de esa zona. También habrá subdelegados, que pueden especializarse por área o región según el presupuesto disponible, y una Subdelegación Administrativa con el personal que se necesite. El Procurador puede poner reglas extra para que todo funcione bien.

Texto oficial

Artículo 102. La Procuraduría contará con Delegaciones en las entidades federativas, las cuales ejercerán sus funciones en las circunscripciones territoriales que determine el Procurador mediante Acuerdo. Las circunscripciones territoriales se determinarán de conformidad con los criterios establecidos por la Ley Orgánica y podrán abarcar municipios de una o varias entidades federativas. Al frente de cada Delegación habrá un Delegado, que representará a la Institución ante autoridades federales, estatales y municipales, dentro de su circunscripción territorial. Las Delegaciones contarán con subdelegados que, con apego al presupuesto autorizado, podrán ser especializados por función y en su caso, por región. Asimismo, contarán con una Subdelegación Administrativa y demás personal necesario para el desempeño de sus funciones, de conformidad con las normas aplicables y las disponibilidades presupuestales. El Procurador podrá establecer criterios complementarios para la organización y funcionamiento de las Delegaciones.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 79) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.