Artículo 113 del REGLAMENTO de la Ley Minera
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo dice que el Centro de Evaluación y Control de Confianza va a aplicar tres tipos de pruebas a los policías o personas que trabajan en seguridad. La primera es para revisar que sean personas confiables, que no tengan malos antecedentes. La segunda es para medir cómo hacen su trabajo y si lo hacen bien. Y la tercera es para ver si tienen las habilidades y conocimientos necesarios para su puesto.
Texto oficial
Artículo 113. El Centro de Evaluación y Control de Confianza practicará los procesos de evaluación siguientes: I. De control de confianza; II. Del desempeño, y III. De competencias profesionales.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.