Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 112 del REGLAMENTO de la Ley Minera

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Procurador, los subprocuradores y otros jefes pueden pedir que cualquier empleado a su cargo se haga exámenes sorpresa de confianza o de habilidades. También el Visitador General puede pedir estos exámenes para agentes del Ministerio Público, policías y peritos. La solicitud debe hacerse por escrito, explicando por qué se pide y, si aplica, en qué temas debe enfocarse la evaluación.

Texto oficial

Artículo 112. El Procurador, los subprocuradores, el Oficial Mayor, el Visitador General podrán solicitar al Centro de Evaluación y Control de Confianza que cualquier servidor público sobre el cual ejerzan autoridad jerárquica se someta a la práctica extraordinaria de evaluaciones de control de confianza o de competencias profesionales. El Visitador General podrá solicitar tales evaluaciones extraordinarias, además, respecto de cualquier agente del Ministerio Público de la Federación, agente de la Policía y perito de la Institución. Las solicitudes de evaluaciones extraordinarias a las que hace referencia el artículo 53 de la Ley Orgánica señalarán por escrito las causas que la motivan y, en su caso, los temas particulares en los que se deberá centrar el proceso de evaluación respectivo.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 84) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.