Artículo 42 del REGLAMENTO de la Ley Minera
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Coordinación General de Servicios Periciales es como el equipo de expertos que ayuda en las investigaciones, y este artículo dice que puede trabajar en todo México. Para hacerlo, usará sus oficinas regionales y estatales que hay en cada estado del país. Esas oficinas van a servir como enlaces y apoyo tanto para los jefes de las Delegaciones como para los jueces y otras autoridades civiles de ese estado. Todo esto lo harán siguiendo lo que marca la ley que organiza a la Procuraduría General de la República y otras reglas que apliquen.
Texto oficial
Artículo 42.- La Coordinación General de Servicios Periciales, ejercerá sus facultades en el territorio nacional a través de las unidades administrativas que integren su organización regional y estatal en cada entidad federativa, quienes fungirán como enlaces y auxiliares de los titulares de las Delegaciones, así como de las demás autoridades judiciales y civiles de la entidad, conforme a lo que establece la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República y demás disposiciones aplicables.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.