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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LOPSRM/131
Ley
REGLAMENTO de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas
Artículo
131

Artículo 131 del REGLAMENTO de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Que te paguen por partes no significa que el trabajo ya esté bien hecho ni que el gobierno lo dé por bueno. Si después se dan cuenta de que faltan cosas o que el trabajo está mal hecho, pueden exigir que lo arregles o incluso pedirte que devuelvas el dinero que te pagaron de más.

Texto oficial

Artículo 131.- El pago de las estimaciones no se considerará como la aceptación plena de los trabajos, ya que la dependencia o entidad tendrá el derecho de reclamar por trabajos faltantes o mal ejecutados y, en su caso, del pago en exceso que se haya efectuado.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas (pág. 80) ↗

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