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Ley
REGLAMENTO de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas
Artículo
269

Artículo 269 del REGLAMENTO de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando una empresa o persona es inhabilitada (es decir, prohibida) para hacer negocios con el gobierno, se publica un aviso oficial llamado "circular". Ese aviso debe aparecer en CompraNet (el sistema de compras del gobierno) y al mismo tiempo enviarse al Diario Oficial de la Federación para que también se publique ahí. La inhabilitación comienza a aplicar desde el momento en que el aviso se publique en CompraNet, no antes.

Texto oficial

Artículo 269.- La publicación de la circular a que se refiere el párrafo segundo del artículo 78 de la Ley deberá realizarse en CompraNet y simultáneamente enviarse al Diario Oficial de la Federación para los mismos efectos. La inhabilitación surtirá efectos a partir de la publicación de la circular correspondiente en CompraNet.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas (pág. 124) ↗

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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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