Artículo 16 del Reglamento Abrogado
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando pidas un permiso, debes entregar los documentos que te piden en original y una copia. Van a revisar que la copia sea igual al original y luego te devolverán los originales. Si eres una persona (física), necesitas llevar una identificación oficial con tu foto y firma, y si tienes, tu CURP. Si eres una empresa u organización (persona moral), debes mostrar los papeles que comprueben que estás legalmente constituido y cualquier cambio que le hayas hecho a tus reglas internas. Además, en esos papeles tiene que decir claramente a qué te dedicas, que sea justo la actividad para la que pides el permiso. También tienes que llevar un comprobante de domicilio, tu Registro Federal de Contribuyentes (RFC) con tu dirección fiscal, y si alguien te representa legalmente, los documentos que acrediten que tiene permiso para hacerlo, junto con su identificación oficial con foto y firma.
Texto oficial
Artículo 16.- Las solicitudes de permiso se acompañarán con los siguientes documentos, en original y copia simple para su cotejo: I. Si se trata de persona física, identificación oficial con fotografía y firma del solicitante y, en su caso, Clave Única del Registro de Población; II. Si se trata de persona moral, los instrumentos que acrediten su legal constitución y, en su caso, las modificaciones a los estatutos sociales. El objeto social de las personas morales solicitantes de permisos deberá establecer expresamente la actividad o las actividades para las cuales se solicitan los permisos respectivos; III. Comprobante de domicilio; IV. Registro Federal de Contribuyentes y domicilio fiscal, y V. En su caso, los instrumentos que acrediten la personalidad y las facultades del representante o representantes legales, así como la identificación oficial con firma y fotografía de los mismos. Una vez cotejadas las copias de la documentación correspondiente, se devolverán al interesado los originales de la misma.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.