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Ley
Reglamento Abrogado
Artículo
8

Artículo 8 del Reglamento Abrogado

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las oficinas del gobierno (Dependencias y Entidades) buscarán que empresas y organizaciones de la sociedad civil también se metan al proyecto. Para lograrlo, firmarán acuerdos o contratos (convenios de concertación) con ellos. El objetivo de esos acuerdos es poner en marcha todo lo necesario (como herramientas, planes o pasos) para promover y desarrollar los Insumos y los Bioenergéticos. En pocas palabras, el gobierno quiere trabajar de la mano con particulares para impulsar estos productos.

Texto oficial

Artículo 8.- Las Dependencias y Entidades, promoverán la participación de los sectores social y privado, a través de la celebración de convenios de concertación que tengan por objeto implementar los mecanismos, instrumentos, esquemas y acciones necesarias para la promoción y desarrollo de Insumos y de Bioenergéticos.

Ver texto oficial del Reglamento Abrogado (pág. 3) ↗

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