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Ley
REGLAMENTO de la Ley de Protección del Espacio Aéreo Mexicano
Artículo
48

Artículo 48 del REGLAMENTO de la Ley de Protección del Espacio Aéreo Mexicano

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los integrantes del Sistema pueden juntarse para ponerse de acuerdo y aplicar las reglas técnicas que el Consejo haya emitido. Todo esto es para que los procedimientos y protocolos de seguridad del espacio aéreo mexicano sean iguales y funcionen bien entre todos. En pocas palabras, sirve para que trabajen coordinados y no cada quien por su lado.

Texto oficial

Artículo 48.- Los integrantes del Sistema podrán convocar reuniones para instrumentar las disposiciones técnicas emitidas por el Consejo, para estandarizar y articular los procedimientos y protocolos aplicables para la seguridad y Protección del Espacio Aéreo Mexicano. TÍTULO TERCERO PROCEDIMIENTOS Capítulo I De las Generalidades

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley de Protección del Espacio Aéreo Mexicano (pág. 11) ↗

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