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Artículo 49 del REGLAMENTO de la Ley de Protección del Espacio Aéreo Mexicano

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Centro, junto con otras autoridades del Sistema, tiene que usar todo lo que tenga a su alcance para encontrar, ubicar y clasificar los aviones que vuelan en el espacio aéreo mexicano. Así pueden detectar vuelos sospechosos, no permitidos o que se hacen a escondidas. Si encuentran algo raro, deben avisar a las autoridades correspondientes para que investiguen si hubo una falta o un delito.

Texto oficial

Artículo 49.- El Centro, de manera coordinada con los integrantes del Sistema en el ámbito de sus competencias, debe utilizar los medios a su disposición, con el objeto de detectar, localizar, identificar y clasificar el tránsito aéreo en el Espacio Aéreo Mexicano para determinar las trazas de interés, vuelo no autorizado o vuelo clandestino y, en caso de ser necesario, denunciar los hechos constitutivos de faltas administrativas o delitos ante la autoridad competente.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 11) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.