Artículo 10 del REGLAMENTO de la Ley de la Policía Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que todos los que trabajan en la policía, sin importar su rango o dónde estén asignados, tienen que hacer varias tareas según lo que les toque. Entre ellas, deben seguir los manuales al realizar operativos, ayudar a investigar para evitar delitos y llenar un reporte llamado Informe Policial Homologado. También tienen que hacer los informes y papeles que salgan de su trabajo, y pasar toda la información que consigan a las bases de datos de la Secretaría. Además, solo pueden usar los recursos (como dinero, personal o equipo) para lo que es su chamba, y hacer cualquier otra cosa que les pida la ley, el reglamento o su jefe directo.
Texto oficial
Artículo 10.- Los Integrantes, cualquiera que sea su jerarquía y lugar de adscripción, ejercerán dentro del ámbito de su competencia, las atribuciones siguientes: I. Ejecutar las actuaciones policiales en el desahogo de los procedimientos sistemáticos operativos conforme a los manuales correspondientes; II. Participar en la investigación para la prevención de delitos; III. Llenar el Informe Policial Homologado; IV. Elaborar los informes y demás documentos que se generen con motivo de sus funciones; V. Suministrar e integrar a las bases de datos de la Secretaría la información que obtenga con motivo del ejercicio de sus atribuciones; VI. Aplicar los recursos humanos, materiales y financieros asignados, exclusivamente a los fines de la función pública encomendada, y VII. Las demás que les confieran este Reglamento, otras disposiciones legales aplicables o aquéllas que les encomiende el superior jerárquico que corresponda. SECCIÓN TERCERA DE LAS DIVISIONES
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.