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Artículo 112 del REGLAMENTO de la Ley de la Policía Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que para que la Policía Federal pueda hacer bien su trabajo, va a tener diferentes niveles de jefes, desde los más altos hasta los más bajos. Los niveles son: el Alto Mando (el máximo jefe), luego el Mando Superior en Jefe, después los Mandos Superiores, seguido de los Mandos Operativos (los que están en las calles dirigiendo) y por último los Mandos Subordinados (los que reciben órdenes). Básicamente, es como una escalera de rangos para que todos sepan quién manda y a quién deben obedecer.

Texto oficial

Artículo 112.- Para el cumplimiento de sus funciones y atribuciones, así como para el desarrollo de sus operaciones en cuanto a dirección y disciplina, la Institución contará con los niveles de mando siguientes: I. Alto Mando; II. Mando Superior en Jefe; III. Mandos Superiores; IV. Mandos Operativos, y REGLAMENTO DE LA LEY DE LA POLICÍA FEDERAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 22-08-2014 129 de 154 V. Mandos Subordinados.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 128) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.