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Ley
REGLAMENTO de la Ley de la Policía Federal
Artículo
118

Artículo 118 del REGLAMENTO de la Ley de la Policía Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Carrera Policial es un sistema obligatorio y permanente que define cómo una persona puede entrar, capacitarse, mantenerse y crecer dentro de la policía, así como también cuándo puede ser separada del servicio. Incluye todo el proceso, desde la contratación hasta los ascensos y reconocimientos, pasando por evaluaciones y certificaciones. Es importante saber que esta carrera es diferente a los puestos administrativos o de jefatura, como Comisionado General, Jefe de División o Director de Área. Esos cargos son nombramientos aparte, no forman parte de la Carrera Policial como tal.

Texto oficial

Artículo 118.- La Carrera Policial es el sistema de carácter obligatorio y permanente, conforme al cual se establecen los lineamientos que definen los procedimientos de reclutamiento, selección, ingreso, formación, certificación, permanencia, evaluación, promoción, y reconocimiento; así como la separación o baja del servicio de los Integrantes de la Institución. La Carrera Policial es independiente de los nombramientos para desempeñar cargos administrativos o de dirección, entendiéndose por éstos a los de Comisionado General, Jefes de División, Secretario General, Coordinador, Director General, Director General Adjunto, Director de Área, Subdirector de Área, Jefe de Departamento, o cualquier otro equivalente u homólogo.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley de la Policía Federal (pág. 130) ↗

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