Artículo 134 del REGLAMENTO de la Ley de la Policía Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para que alguien de la institución pueda aspirar a un ascenso, necesita cumplir con estos puntos: Primero, debe estar trabajando activamente, no puede estar en otra tarea (comisionado) ni con permiso. Segundo, tiene que entregar a tiempo los papeles que pidan en la convocatoria para comprobar que cumple con lo que marca la ley. Tercero, debe tener los años de servicio y en su puesto actual que se requieran. Cuarto, haber tenido buen comportamiento. Quinto, cumplir con cualquier otro requisito que salga en la convocatoria según las reglas.
Texto oficial
Artículo 134.- Los requisitos para que los Integrantes de la Institución puedan participar en los procesos de promoción serán los siguientes: I. Estar en servicio activo, no encontrarse comisionado o gozando de licencia; II. Presentar, conforme al procedimiento y plazo establecido en la convocatoria, la documentación necesaria para acreditar el cumplimiento de los requisitos previstos en la Ley y el presente Reglamento; III. Contar con los requisitos de antigüedad en el grado y en el servicio; IV. Haber observado buena conducta, y V. Los demás que, conforme a la Ley y el presente Reglamento, se señalen en la convocatoria respectiva.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.