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Artículo 136 del REGLAMENTO de la Ley de la Policía Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si te ascienden por mérito especial, tienes que tomar los cursos, capacitaciones y especializaciones que se imparten en las academias de la Policía Federal para el nuevo puesto. Si no los cumples, no te van a dar el documento que comprueba tu ascenso.

Texto oficial

Artículo 136.- El personal que sea promovido por mérito especial deberá cumplir los cursos, capacitaciones y especializaciones en las academias e institutos de la Policía Federal, para la categoría jerárquica a la que hubiere sido promovido. En caso de incumplimiento, quedará suspendido el otorgamiento de la constancia respectiva.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 134) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.